¿Cómo liquidar a una empleada doméstica en México?
Las empleadas domésticas son nuestra salvación, nos ayudan a disfrutar de un hogar limpio y ordenado sin muchos esfuerzos. Al igual que el resto de trabajadores, estas empleadas tienen deberes y derechos. Por tanto, si está finalizando su contrato, debes tener algunos detalles en cuenta.
Las recomendaciones al respecto son muchas, por lo que te convidamos a que continúes con nosotros hasta el final. En nuestro post podrás encontrar todos los conceptos que debes tener en consideración para liquidar tu empleada doméstica. Incluso, aún mejor, te ayudaremos a mantener estas cuentas claras, pues no necesariamente debes esperar a que el contrato finalice para darle a tu empleada doméstica el dinero que se ha ido ganando.
El código laboral mexicano, les otorga a las empleadas domésticas los mismos derechos que al resto de los trabajadores. Muy bien merecido lo tienen, pues trabajan jornadas largas y con un trabajo tedioso. No solo hablaremos acerca de la liquidación, existen cuotas obligatorias que debes pagar y, por tanto, conocerlas, es la mejor opción para ti. La ley las ampara, cumple con nuestras recomendaciones y no te quedarán pagos pendientes con tu empleada doméstica.
Aspectos generales que debo conocer antes de liquidar una empleada doméstica
Incluso antes de liquidarla, debes conocer como contratarlas y cuánto debe ser el monto de su salario. En el código de trabajo mexicano están detallados los pormenores, pero te ayudaremos a entenderlos.
En cuanto a la contratación de una empleada doméstica las vías pueden ser formales o verbales. Por lo que el contrato puede quedar hecho verbal o escrito. Sin importar el tipo de contrato elegido, debes tener en cuenta que en dicho contrato debe quedar plasmado el tipo de labor, los días a trabajar según las necesidades a cubrir, el pago diario o mensual según la labor de la empleada. El salario es el tema más importante, pues de este depende todas las cuotas a tener en cuenta para poder liquidar tu empleada doméstica.
Salario de una empleada doméstica
- El monto total debe ser superior o igual a lo que en nuestro país se considera salario mínimo.
- Debes pagar como parte del salario los días trabajados y los domingos de descanso.
- Se pagan además los días festivos y si los trabaja pues debes pagar el recargo.
- En el salario puedes incluir alimentación, ayuda por concepto de transportación, vivienda, entre otros aspectos, según el contrato. Estos pagos extras se suman al salario y no pueden excederse del 30% del mismo. Por tanto, la empleada tiene derecho a percibir un 70% del dinero físico de su salario, aunque ese mes haya recibido más ayuda por diferentes conceptos.
- La forma de pago la determinas tu según la labor desempeñada. Por lo general aquellas empleadas que trabajan por días, reciben su pago al terminar la jornada. Las empleadas domésticas a tiempo completo, suelen recibir sus pagos al finalizar el mes.
Recalcamos la idea de la importancia de tener bien definido el salario mensual, pues de esto depende el resto de los pagos que debes realizar, para liquidarla por cierre de contrato o por culminación del año laboral.
Cuando el salario es mensual, es una cuota fija y es más fácil de dominar. Si tu empleada doméstica trabaja por días aleatorios, debes definir el salario mensual para poder sacar el resto de las cuentas.
El salario mensual de las empleadas domésticas por día, se calcula de la siguiente manera. Suma del salario de los días trabajados en la semana x 4.33 (promedio de semanas por meses en el año).
Una vez tengas definido el salario mensual de tu empleada doméstica puedes proceder a calcular los pagos que debes liquidarle a la misma.

¿Qué debo pagar por Ley para liquidar una empleada doméstica?
Prima de servicios
Este concepto debe liquidarse dos veces al año, el 30 de junio y del 1ro al 20 de diciembre. Siempre debes marcar las fechas para si se termina el contrato y debes liquidar sepas cuál fue el último pago por este concepto.
Esta se calcula sobre la base del salario mensual, incluyendo todas las partes de este salario, no solo el dinero físico, las ayudas también. El total de la prima de servicios es equivalente al salario mensual. Es decir, la prima tiene el valor de un mes de trabajo, una vez al año, por lo que sería cada pago, la mitad del salario mensual.
Si la trabajadora está liquidando solo un pequeño período de tiempo, pues tienes los pagos al día, debes utilizar la fórmula que te presentaremos en el próximo acápite.
Auxilio de cesantías
Este concepto, como el anterior, equivale a un mes de salario una vez al año. Debe pagarse al finalizar el año fiscal. Se paga en dinero físico si es por cierre de contrato, si la empleada continúa con su labor, antes de la fecha que marca la ley, 31 de diciembre, debes depositar la cuota en el fondo de cesantías.
Si has depositado las cesantías y en menos de un año posterior, tu empleada decide irse, debes calcular la cuota según los días trabajados. La fórmula la encontrarás en el próximo acápite.
Intereses por cesantías
Al pagar auxilio de cesantías deberás pagar los intereses de las mismas, los cuales equivalen a un 12% al año. Este por ciento será sobre el total acumulado de cesantías, el valor de las mismas al año. Es un concepto que solo se paga por cierre de contratos y deberás sumar el valor de todo lo acumulado en cesantías por parte de la empleada.
Si tu empleada no ha llegado al año de trabajo, debes pagar según la fórmula que te presentamos en el siguiente acápite.
Compensación en dinero por vacaciones
Toda trabajadora doméstica tiene derecho a vacaciones remuneradas, de hecho, las irá disfrutando y tú las irás pagando. Pero, si es hora de cerrar el contrato debes liquidar este concepto por compensación de vacaciones de las que no ha disfrutado. Si nunca ha recibido compensación por vacaciones, deberás liquidar el acumulado en vacaciones desde iniciado el contrato.
Indemnización por despido injustificado
Este no es un concepto fijo en todos los casos de cierre de contrato. De hecho, se da en muy raras ocasiones, precisamente para evitar el pago de una indemnización por despido injusto.
Fórmula para calcular cada uno de estos pagos
- Prima de servicios: salario del mes x jornadas trabajadas / 360.
- Auxilio de cesantías: salario del mes x jornadas trabajadas / 360.
- Intereses sobre cesantías por períodos inferiores al año: cesantías x jornadas trabajadas x 0.12. el total debes dividirlo entre 360.
- Compensación de vacaciones: salario del mes x jornadas trabajadas / 720.
Valoraciones generales
- Siempre ten claras las fechas en las que has liquidado los pagos, incluso, la fecha de inicio de tu empleada doméstica, así no perderás de vista los detalles.
- Ten por separado cada cuota de liquidación, estúdialas y así las entenderás mejor. No intentes hacerte una idea general pues podrías perderte en los conceptos.
- Te recomendamos que mantengas al día los pagos por concepto de liquidación, no dejes que se acumulen pues podría significar mucho dinero si la empleada pidiese terminar el contrato sin previo aviso.
Ha sido todo por hoy, esperamos hayas comprendido el tema. Liquidar una empleada doméstica, no es tarea sencilla, debes poner los conceptos en orden y mantenerlos así durante todo el contrato, recuerda es su derecho por Ley y esta, es inviolable. Si necesitas más información o algún otro detalle, déjanos tu comentario y enseguida estaremos contigo. Visita nuestra página Gastarmejor.mx y siempre encontrarás la ayuda que necesitas.